"Faltaban camas"

elDiario.es: La Justicia madrileña ha confirmado que la Comunidad de Madrid tendría que indemnizar a la familia de una mujer que en 2017 falleció por preeclampsia en el Hospital de Torrejón de Ardoz, centro sanitario público de gestión privada. El Tribunal Superior de Madrid ha rechazado un recurso de la concesionaria y ha ratificado la decisión de la propia Comunidad de Madrid de reconocer más de 300.000 euros de indemnización a la familia de la mujer, que falleció después de acudir varias veces al médico sin que se le diagnosticara la enfermedad. El expediente del caso apunta, entre otros factores, a que la mujer tardó mucho tiempo en ingresar en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del hospital por “falta de camas”.


El Hospital de Torrejón de Ardoz da servicio a mas de 140.000 ciudadanos de la región y fue inaugurado por Esperanza Aguirre en 2011. Uno de los varios centros hospitalarios públicos construidos con una concesión a empresas privadas que, en el caso de Torrejón de Ardoz supone un desembolso de más de 2.100 millones de euros hasta el año 2039. El accionariado de la empresa Torrejón Salud S.A ha ido cambiando en los últimos años y en la actualidad está controlado por Centene, accionista a su vez del grupo Ribera Salud, pero en el momento de los hechos eran Sanitas y Asisa las empresas sanitarias que gestionaban el centro.

La resolución del TSJ de Madrid, a la que ha tenido acceso elDiario.es, explica que a finales de 2016 una mujer de 31 años acudió a este hospital del noreste de Madrid, momento en que los facultativos comprobaron que estaba embarazada. No volvió hasta cuatro meses después con dolores en el abdomen y a partir de entonces las visitas por dolencias fueron más recurrentes: dolores en las piernas y la tensión al límite hasta que en junio de 2017 los médicos decidieron adelantar el parto ante el riesgo de preeclampsia. Ingresó en la UCI con un fallo multiorgánico y falleció días después.
Su pareja presentó una reclamación y la propia viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid reconoció que tenía derecho a ser indemnizado por la administración. Su muerte no fue causada por la actuación de los médicos o por algún error en la aplicación del tratamiento, pero sí estuvo influida por la ausencia de un diagnóstico precoz y de un tratamiento temprano, y por un traslado tardío a la Unidad de Cuidados Intensivos por falta de camas en ese momento. Tardó más de una hora en ser llevada y atendida en la UCI a pesar de la gravedad del caso tras el parto.
Ni la Comunidad ni la familia de la fallecida recurrieron, pero sí lo hizo la empresa concesionaria de este hospital público. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de rechazar el recurso de Torrejón Salud en una resolución que todavía es recurrible ante el Tribunal Supremo. Los jueces de lo contencioso-administrativo explican que la administración debe ser responsabilizada económicamente por “la pérdida de oportunidad terapéutica” ya que “no consta, de manera clara e indubitada, que el fallecimiento se ha producido como consecuencia de una acción directa de los facultativos”.

La “falta de camas” UCI

La preeclampsia es una enfermedad que afecta a mujeres embarazadas con una sintomatología poco específica —dolores de cabeza, piernas hinchadas o dolor en el estómago— y que, tal y como explican profesionales del Hospital Vall d'Hebrón de Barcelona, se puede prevenir incluso con la ingesta de aspirinas. Las consecuencias, en caso de no detectarse o no tratarse a tiempo, pueden ser fatales para la madre y para el recién nacido.

En el caso estudiado por el Tribunal Superior de Madrid, la actuación de atención primaria fue correcta, pero diversos errores en ginecología y urgencias evitaron un diagnóstico precoz que podría haberle salvado la vida. No consta que se le tomara varias veces la tensión durante una de sus visitas, no se le practicó una cesárea durante el parto adelantado y, además, tardó más de una hora en ingresar en la UCI cuando su situación era grave.

La sección de lo contencioso-administrativo ha analizado tanto el historial médico de la mujer fallecida como todos los informes elaborados esos días, una pericial del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) y la prueba a la que han otorgado “mayor fuerza de convicción”: los informes de la Inspección Sanitaria elaborados a lo largo de 2020 en los que los expertos apuntaban a la responsabilidad del centro hospitalario. “Consideramos que tanto la actuación del servicio de urgencias del Hospital de Torrejón, como del servicio de ginecología, como de la UCI de ese hospital, no han actuado con el celo y la diligencia” necesarias, dice ese informe a pesar de recoger varias circunstancias del caso: la mujer, nigeriana, no conocía el idioma, a veces no siguió las pautas prescritas, abandonó en alguna ocasión las urgencias y la preeclampsia es algo “difícil de diagnosticar y de evolución tórpida”.

Uno de los factores que destaca este informe de la Inspección Sanitaria es el excesivo tiempo que tardaron en trasladar a la mujer hasta la UCI una vez finalizado el parto que se habían visto obligados a adelantar. “El ingreso en UCI de la paciente tras el parto se demoró en exceso por falta de camas, tal como dicen en el servicio, lo que pudiera haber contribuido a agravar la situación”, dice este informe. La mujer dio a luz poco antes de la una y media de la tarde y no se le tomó la tensión por primera vez en la UCI hasta las cinco de la tarde, según consta en este informe.

Una detección precoz de la enfermedad habría podido cambiar el curso de los acontecimientos, razona la sentencia, lo que lleva al TSJM a mantener la responsabilidad de la administración. Tiene en cuenta varios factores para avalar las indemnizaciones establecidas por la Comunidad de Madrid: la edad de la fallecida pero también “la sencillez de los medios que podrían haberse adoptado por el Servicio de Urgencias para diagnosticar y tratar la preeclampsia tempestivamente”, así como el hecho de optar por un parto natural o “las demoras entre la adopción y la ejecución de las decisiones” de ginecología y cuidados intensivos. También, que la niña nacida ese día ha perdido a su madre pocos días después.