Algunas respuestas al cobro de la parte proporcional de la paga Extra de Navidad 2012

CSI-F: En relación a la Resolución de 29 de diciembre de 2014, conjunta de las Secretarías de Estado de Presupuestos y Gastos y de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones para la aplicación efectiva, en el ámbito del sector público estatal, de las previsiones de la disposición adicional décima segunda, de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015, BOE Nº 2, del 2 de enero de 2015, y dado que se ha suscitado mucho revuelo en relación a este tema, aquí tienes algunas respuestas a tus dudas.


1º.- La citada normativa solo es de aplicación a los empleados públicos que, en el ámbito del sector público estatal, pertenecen o pertenecían a alguna administración del Estado en el período comprendido entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012, período de reclamación.

2º.- Esta normativa NO AFECTA a los funcionarios, estatutarios y laborales de la JCCM, salvo que el trabajador hubiese pertenecido en ese período a la Administración General del Estado y en cuyo caso sí tendría que solicitar la parte no devengada de la Paga Extra de la Navidad de 2012.

3º.- En Castilla-La Mancha, tendremos que esperar a que se desarrolle el punto 1 de la Disposición adicional décima segunda de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para el 2015.

4º.- A día de hoy, la información de que disponemos es que la JCCM ABONARÁ LA PARTE PROPORCIONAL DE LA PAGA EXTRA DE LA NAVIDAD 2012 EN LA NÓMINA ORDINARIA DEL MES DE ENERO DE 2015.

ENLACE A LA NORMATIVA DEL BOE Nº 2: https://www.boe.es/boe/dias/2015/01/02/pdfs/BOE-A-2015-25.pdf 

 

 

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